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Hacienda obliga desde el 30 de mayo a declarar los ingresos percibidos por el alquiler de viviendas turísticas

 

El Boletín Oficial del Estado publicó el 30 de mayo, el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos», tras la aprobación por el Gobierno del Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, que introduce el nuevo artículo 54 del Reglamento General de actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, para regular la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

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Esta nueva obligación fiscal tiene como objetivo prevenir el fraude fiscal en materia de viviendas turísticas, y garantizar así la protección de uno de los sectores económicos tan importantes como es el turístico.

El BOE explica las características de este nuevo modelo que deben presentar las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, ya sea a título oneroso o gratuito. En particular, tendrán dicha consideración las personas o entidades profesionales que intermedien en la cesión de uso de este tipo de alojamiento turístico.

 

FUENTE: www.diarioinformacion.com

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