El próximo 4 de abril de 2018 comienza el período voluntario de pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2017. Los contribuyentes podrán presentar su declaración hasta el 2 de julio incluido. En lo que respecta a las rentas obtenidas por el alquiler de la vivienda vacacional habrá que atender a lo dispuesto en la normativa del impuesto respecto a los rendimientos de capital inmobiliario
Leer másEs muy importante tener en cuenta los gastos que son considerados deducibles para poder reducir la base imponible y por tanto el importe final a pagar. Los días que el inmueble no se encuentre alquilado será necesario reconocer una imputación de renta. Para más detalle, ver el siguiente Artículo: ¿Cómo declarar los ingresos obtenidos con el alquiler vacacional?